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OMPI · 2013 · Ratificado por México

Tratado de Marrakesh para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso

El marco legal internacional que hace posible la existencia de proyectoleelo.org y la Biblioteca Inclusiva LÉELO.

¿Qué es el Tratado de Marrakesh?

El Tratado de Marrakesh es un acuerdo internacional adoptado el 27 de junio de 2013 en Marrakesh, Marruecos, bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Entró en vigor el 30 de septiembre de 2016.

Su propósito central es abordar la llamada "hambruna de libros": la grave escasez de obras publicadas en formatos accesibles para personas con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. Antes del Tratado, menos del 7% de los libros publicados en el mundo existían en algún formato accesible, y la mayoría solo estaba disponible en idiomas de países de alto ingreso.

El Tratado crea un sistema de excepciones y limitaciones a los derechos de autor que permite la creación y el intercambio transfronterizo de copias en formato accesible de libros y otros materiales, sin necesidad de autorización del titular de los derechos.

¿Qué derechos reconoce?

Derecho a copias accesibles

Los beneficiarios tienen derecho a obtener y utilizar obras publicadas en formatos accesibles como Braille, texto aumentado, audiolibros, EPUB y otros formatos digitales.

Intercambio transfronterizo

Las entidades habilitadas pueden compartir copias accesibles con personas beneficiarias o entidades habilitadas en otros países que sean parte del Tratado, sin restricciones de derechos de autor.

Entidades habilitadas

Las organizaciones autorizadas por los gobiernos (como proyectoleelo.org) pueden producir, distribuir e intercambiar materiales en formatos accesibles sin infringir los derechos de autor.

Protección contra restricciones

Los países deben garantizar que las medidas tecnológicas de protección (DRM) no impidan a las personas beneficiarias acceder a las obras en formatos accesibles.

¿Quiénes son beneficiarios del Tratado?

El Tratado define como beneficiaria a cualquier persona que:

Sea ciega o tenga una discapacidad visual que no pueda corregirse para obtener una visión sustancialmente equivalente a la de una persona sin tal discapacidad.

Tenga una dificultad para sostener o manipular un libro o para enfocar o mover los ojos que sea necesaria para leer en condiciones normales.

Tenga una discapacidad perceptiva o de lectura, como dislexia u otra discapacidad de aprendizaje, que le impida leer obras impresas en el mismo grado que una persona sin tal discapacidad.

No pueda, debido a una discapacidad física, sostener o manipular un libro o enfocar o mover los ojos en la medida que normalmente sería aceptable para la lectura.

México y el Tratado

México ratificó el Tratado de Marrakesh y lo incorporó a su marco legal, lo que implica obligaciones concretas para el Estado mexicano en materia de acceso a materiales bibliográficos accesibles.

Esto significa que las instituciones mexicanas —universidades, bibliotecas, organizaciones de la sociedad civil— pueden actuar como entidades habilitadas para producir y distribuir materiales en formatos accesibles sin requerir autorización adicional de los titulares de derechos de autor, siempre que el propósito sea el beneficio de los beneficiarios del Tratado.

La Red por la Lectura Accesible, a través de proyectoleelo.org, opera precisamente bajo este marco legal.

Datos clave

  • 📅
    Adoptado: 27 de junio de 2013, Marrakesh, Marruecos
  • En vigor: 30 de septiembre de 2016
  • 🌍
    Partes: Más de 90 países, incluyendo México
  • 🏛️
    Organismo: OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual)
Nuestro rol legal

proyectoleelo.org como entidad habilitada

La Red por la Lectura Accesible opera como entidad habilitada bajo el Tratado de Marrakesh. Esto significa que puede producir, distribuir e intercambiar materiales bibliográficos en formatos accesibles — incluyendo EPUB, MP3, MP4, TXT, PDF accesible, DOCS y RTF — sin infringir los derechos de autor de las obras, siempre que el acceso esté destinado a beneficiarios del Tratado debidamente documentados.

Es por eso que el proceso de registro de lectores incluye la validación de documentación de discapacidad: es un requisito legal del Tratado, no una barrera burocrática.

¿Qué quieres hacer?

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